El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos SAFYB al respecto emitió un comunicado que indica lo siguiente:

LA FARMACIA ES EL LUGAR ADECUADO PARA DISPENSAR MEDICAMENTOS VETERINARIOS: La autorización de medicamentos veterinarios en farmacias es una medida apropiada puesto que estos productos sanitarios también requieren controles específicos, conservación adecuada y correcta utilización, al igual que los medicamentos de uso humano.

Al ser un centro de salud especializado en la conservación y asesoramiento sobre medicamentos, la farmacia es el lugar correcto para la dispensación oportuna de medicamentos veterinarios, que aunque poseen procesos industriales similares, difieren de los fármacos humanos en las dosis y aplicación.

La amplia distribución de las 12000 farmacias a lo largo del país garantiza un acceso rápido y oportuno al medicamento veterinario.

El farmacéutico es un experto en medicamentos, incluidos los de uso veterinario, capaz de adaptar su conocimiento a las necesidades de las mascotas, y de entregar a sus dueños los productos correctos, en el momento correcto, con los consejos correctos.

La complejidad de la nueva farmacología veterinaria, con amplia disponibilidad de analgésicos, antibióticos, antialérgicos y oncológicos, entre otros, implica la necesidad de que los mismos estén adecuadamente dispuestos, clasificados y conservados, algo que solo la farmacia puede garantizar.

La farmacia tendrá una sección diferenciada con los medicamentos veterinarios, al igual que posee con los accesorios sanitarios y productos cosméticos, en beneficio de la salud pública y animal.

La veterinaria no puede cumplir la triple función de diagnosticar el problema de salud de la mascota, recetar el remedio y también venderlo, por lo que resulta indispensable separar el acto profesional del médico veterinario del acto farmacéutico, del mismo modo que ocurre con la prescripción y dispensación de medicamentos humanos que están claramente divididas.

El SAFYB quiere llevar tranquilidad a la población puesto que los directores técnicos de las farmacias están preparados para cumplir esta función profesional, en particular lo emanado del decreto 185/2023 cuyo inciso c) del artículo 25 de la reglamentación de la ley 17565 establece el papel de: «Vigilar que en la farmacia bajo su dirección sólo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado«.

El SAFYB abre la inscripción del curso presencial y a distancia “farmacología veterinaria” que permitirá refrescar los conceptos de los profesionales que lo necesiten.

Este sindicato queda a disposición de sus afiliados y de la ciudadanía respecto de la correcta prescripción y dispensación de medicamentos veterinarios.

Podes escuchar EL PROVINCIAL RADIO en www.provincial.com.ar o bajando la aplicación http://streaminglocucionar.com/portal/?p=17668

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