La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de los vecinos en la causa contra el aeropuerto El Palomar, dictaminando que el uso aerocomercial de la Base Militar de El Palomar viola la ley general del ambiente Nº 25.675.

En el fallo, la Corte afirma “le asiste la razón al recurrente en cuanto señala que la sentencia apelada es arbitraria y, por ende, descalificable como acto jurisdiccional.” De esta manera el Máximo Tribunal le dio la razón a los vecinos, revocando las actuaciones previas de los integrantes de la Sala I de la Cámara Federal de San Martín (Juan Pablo Salas, Marcos Moran, Marcelo Fernández y Alberto Lugones) que habían permitido el uso del predio militar como aeropuerto comercial y asimismo constituye un severo llamado de atención para la jueza de primera instancia Martina Forns por haber permitido el inicio de los vuelos el 1/2/2018 en forma ilegal.

La Corte descalificó a la Cámara de San Martín que había resuelto que la operatoria comercial de la pista militar de El Palomar no generaba -prima facie- daño ambiental y dictaminó a favor de los vecinos que reclaman por el ruido y la contaminación que sufren cuando la base es utilizada como aeropuerto comercial.

El Tribunal resolvió que los jueces de San Martín permitieron la violación de la normativa legal vigente en el país en materia ambiental, omitiendo –entre otras cosas- la aplicación de lo establecido en los artículos 11 y 12 de la ley 25.675 (Ley General del Ambiente, de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional).

Asimismo los magistrados del Tribunal Supremo fallaron contra el decreto dictado por Mauricio Macri Nº 1092/2017, que incorporó a El Palomar dentro del Sistema Nacional de Aeropuertos, el cual había sido utilizado como argumento por los jueces de la Cámara de San Martín para avalar el funcionamiento de la Base del oeste del conurbano como aeropuerto comercial.

La sentencia del Alto Tribunal se dio en el marco de la causa “Marisi, Leandro y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional, Ministerio de Transporte de la Nación y otros” y contó con los votos por unanimidad de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Luis Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Inés Highton de Nolasco en línea con lo dictaminado por la Procuradora Fiscal de la Procuración General de la Nación Laura Monti.

El fallo implica que todos los vuelos operados por las aerolíneas FlyBondi y JetSmart entre inicios de 2018 y mediados de 2020 fueron ilegales, así como también las obras realizadas en el predio militar, ya que todo fue desarrollado en un marco de clandestinidad ambiental, todo lo cual traerá consecuencias penales para todos los funcionarios que intervinieron en la habilitación irregular.

Esta causa, es promovida desde Septiembre de 2017 ante el Juzgado Federal Nº 2 de San Martín a cargo de la jueza Martina Forns por los vecinos de Hurlingham, Morón, La Matanza, Tres de Febrero y San Martín representados por el abogado Lucas Marisi del colectivo vecinal “StopFlyBondi – No al Aeropuerto Trucho El Palomar”.

La Base Militar de El Palomar fue utilizada como aeropuerto comercial desde febrero de 2018, cuando la administración de Mauricio Macri permitió volar desde allí a la aerolínea Flybondi -vinculada con funcionarios macristas- y posteriormente a Jetsmart hasta marzo de 2020.

Actualmente tanto Flybondi como Jetsmart operan desde el Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery en mejores condiciones que las que tenían en la Base de El Palomar, con las mismas tarifas allí, con índices de ocupación superiores al 90 por ciento y alto nivel de puntualidad. Asimismo ambas low cost siguen incorporando aviones, rutas y frecuencias.  Flybondi cuenta con una flota de cuatro aeronaves y se espera que sume un quinto a fines de año, mientras Jetsmart incorporo esta semana su quinto avión.

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