Todas las actividades podrán desarrollarse quedando sujetas a
la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada
jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones
sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales.
Los certificados vigentes para circular en cuarentena: Cómo
gestionarlos
Cada Jurisdicción provincial deberá dictar las
reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios
exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas
geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos
para su desarrollo.
En ese marco, desde el gobierno nacional brindaron
precisiones a EL PROVINCIAL acerca
de qué papeles habrá que presentar en los controles para poder circular, según
cada nuevo rubro habilitado.
1. Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias
mínimas.
2. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de
turnos y guardias mínimas.
3. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas,
a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros
mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente
mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos
sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los
comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
4. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo
y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
5. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico
por imagen, con sistema de turno previo.
6. Ópticas, con sistema de turno previo.
7. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías
aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros
denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá
realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma
virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
8. Establecimientos para la atención de personas víctimas de
violencia de género.
9. Producción para la exportación, con autorización previa
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
10. Procesos industriales específicos, con autorización
previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Aquí el enlace para poder ingresar y llenar el formulario
necesario para circular en todo el país.