La reunión fue convocada por distintas instituciones del sector agroindustrial en las instalaciones del AIANBA. En representación de CAPBA concurrieron el Lic. Alfonso Rodriguez y el Dr. Esteban Malfatto.

CAPBA comprometió su presencia a raíz de la invitación realizada por los hermanos Moreno, colegas aplicadores de Pergamino, que resultan afectados directamente por la medida impulsada por el Sr. Juez Federal Villafuerte Ruso.

Una vez iniciada la asamblea, que contaba con una nutrida asistencia, se realizó un raconto de los hechos que originaron la medida judicial, que según se informó, se inició por una denuncia telefónica anónima, aunque se reconoció que la aplicación fue realizada por una empresa terrestre que operó en un área excluida para la aplicación, en una finca lindante a un barrio de la ciudad de Pergamino.

Por otra parte, se pudo conocer que la medida no alcanza a las poblaciones aledañas, ni a las escuelas rurales, por el momento.

A su vez, se informó que el plazo para apelar la medida vence el día jueves 3 de octubre a las 10:00 a.m, pero que hasta el momento no existían presentaciones interpuestas.

El Plenario de instituciones sugirió la necesidad de que sean los productores afectados quienes se presenten en la causa ante la justicia como particulares damnificados, para aportar información y datos técnicos que permitan al magistrado un análisis completo del cuadro de situación y que deje sin efecto la medida cautelar instaurada.

Debemos destacar que una medida cautelar, tiene carácter transitorio, o sea no será permanente, vencido el plazo establecido el juez podrá dejar sin efecto la misma, sostenerla o ampliarla según su criterio y el avance de la investigación de la causa en trámite.

Resulta interesante que se desestimó la posibilidad de apelar la resolución, ya que se deja de lado una posibilidad de suspender los efectos de la medida citada.

Por otra parte, se pudo observar que no existe un consenso claro por parte de los productores del camino a seguir, ya que plantearon varios interrogantes referidos a costos y la conveniencia de una intervención judicial ya sea en forma conjunta o individual.

También hizo uso de la palabra una especialista en derecho ambiental, que brindó una breve fundamentación de la acción instada.

Luego hubo un intercambio de ideas entre los productores, sin arribar a una postura de consenso, quedando planteada la posibilidad de la presentación en el expediente como damnificados.

En la previa de la reunión, nuestro colega nos manifestó que lo que preocupa es la falta de reglas claras, o una definición precisa de la zona de exclusión para aplicación aérea, ya que con la medida cautelar instaurada es todo incertidumbre.

Finalizada la reunión le manifestamos que la cámara solo podría acompañar una presentación conjunta si ellos se consideran damnificados, y que la misma sería conveniente si existen otros actores dispuestos a presentarse a la justicia, o una presentación colectiva. Caso contrario, es muy probable que la misma no tenga el efecto deseado, a lo que nos respondieron que analizarían y consultarían con otros la posibilidad de sumarse o no.

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